EL PROCESO A JESÚS (Análisis jurídico)

Rvdmo. Sr. Obispo

Dignísimas autoridades religiosas y civiles

Señoras y Señores

He tenido la honra de que se me haya confiado la realización del primer acto público de las celebraciones cuaresmales, este que se denomina Pregón de la Semana Santa. Para todo lagunero, anunciar una de las dos grandes fiestas de la Ciudad, tan relacionadas religiosamente -pues la del catorce de septiembre es la consecuencia del triunfo de la Pasión de Cristo-, constituye una íntima satisfacción y un orgullo.

Aunque lo que voy a relatar pueda parecer una mera exposición técnico-jurídica de un hecho histórico fundamental en la historia de la humanidad, quiero dejar claro que mi trabajo para componer este Pregón es el resultado de una ya vieja pasión que la figura de Jesús histórico despertó en mí. Porque siempre nos fijamos en el hecho central de la Pasión y Muerte de Jesús, pero es igualmente importante saber que pasó la noche del prendimiento, jueves, y la siguiente mañana, la del viernes en que muere Jesús. Saber qué clase de juicio hubo, con qué formalidades, si se respetaron los trámites jurídicos, esencialmente la denominada en derecho romano la probatio, esto es la demostración de un hecho con testigos, juramentos, confesión, presunciones, etc. Y, de igual manera, en lo que corresponde al derecho judío. Porque creo que sabiendo todo esto, entenderemos mejor la Pasión y Muerte de Jesús.

Y cuanto más me sumergía en el estudio atento y pormenorizado de los Evangelios, cuantos más libros leía sobre el tema procesal jesusítico, más comprendía que a diario, en mi mente y en mi corazón, tenía lugar un proceso a Jesús en el que yo era parte activa, pues me sentía, alternativamente, aprehensor, testigo, juez, pueblo, fariseo, sacerdote sanedrita. Era un hombre que asistía, en el silencio de su despacho, al desarrollo de un acto inícuo, de cuya causa y beneficio era directo origen y recipiendario. Por encima, pues, del relato, sobrevuelan mi fe y mi razón, y, ambas unidas, han conferido un primordial sentido religioso a mi trabajo.

PROEMIO

Jesús de Nazaret fue juzgado y condenado a morir en la cruz. Ambos son datos históricos que atestiguan autores romanos, judíos y cristianos en documentos existentes. Como tales hechos, son temas de investigación histórica en lo que se refiere a la acusación por la que se le juzgó, las bases de su procesamiento y el curso del proceso. Aunque las fuentes basten para demostrar el hecho del juicio, casi nada nos dicen relativo a estas cuestiones.

Las referencias judías y paganas del juicio y la posterior ejecución de Jesús que sobreviven son de fecha demasiado tardía, excesivamente secundarias y de carácter muy fragmentario y tendencioso para tener algo más que un valor suplementario en la tarea de reconstruir de modo sistemático la historia del caso. Las referencias que proceden de fuentes cristianas -los evangelios principalmente- son, a la vez, las más antiguas y las más completas en su descripción. Pero, sin un análisis histórico, ni siquiera los evangelios aportan los datos necesarios, pues si bien nos proporcionan cierto tipo de información, no se escribieron con el propósito de guiar a los historiadores: sus autores no se proponían un objetivo histórico sino religioso. Cuando los evangelistas redactaron su descripción del juicio de Jesús, no lo hicieron con la intención de dejar un relato fidedigno destinado a la investigación histórica, sino con el de transmitir un mensaje religioso.

En consecuencia, debemos atravesar los relatos evangélicos hasta llegar a las tradiciones que hay detrás de ellos, analizar esas tradiciones con el objeto de determinar sus fuentes y su antigüedad respectiva; diferenciar lo añadido por el autor de lo que es tradición antigua y deducir, por último, de la tradición el acontecimiento histórico que la originó. Ni los trasmisores de la predicación primitiva ni los evangelistas que les sucedieron, tenían interés por los acontecimientos en razón de su realidad histórica. Su interés se centraba en campos distintos.

Aunque los evangelios puedan tener la apariencia de una biografía, son más que nada tratados teológicos. Cuando cada uno de los evangelistas recogió lo que cuenta y emprendió la tarea de ordenar el material para proporcionar un marco a sus propias concepciones teológicas, no halló una tradición principal sino varias. Junto a lo que podemos llamar “tradición primaria”, había ya una serie de tradiciones secundarias nacidas de ella. Coordinaron así etapas sucesivas del desarrollo de la tradición con el objeto de exponer, exhortar y adoctrinar.

Para procurar que el relato de los hechos sea más fácilmente inteligible, vamos a describirlos uniendo -de la mejor manera posible- lo que cuenta cada evangelista, realizando así un compendio de lo sucedido aquella noche como si solamente hubiera existido un solo evangelista relator. No entramos tampoco, por ello, a señalar –no más de lo estrictamente preciso- las diferencias de matiz que respecto al hecho de la presencia de Jesús ante sus distintos jueces aparecen en los diferentes relatos evangélicos. Para nada afectan a nuestra exposición y sería, en todo caso, más propio de un acto académico hacerlo que de un discurso de apertura de las celebraciones de Semana Santa. Se dice que la historia debe ser contada y eso es lo que nos proponemos hacer. Para ello intercalaremos la narración de la Pasión en medio de los datos propiamente jurídicos del proceso. Valga, pues, esta introducción, para adentrarnos ya en lo que fue el juicio.

I.- EL PROCESO A JESÚS

De acuerdo con los Evangelios, podemos hablar en el desarrollo de los hechos de dos procesos: un proceso judío o religioso, y un proceso romano o civil. La unión de ambos es el relato del proceso a Jesús.

Desde que la Judea estaba bajo la dominación romana obedecía a dos autoridades diferentes: a las indígenas y a las de Roma. El proceso a Jesús se desarrollará sucesivamente en estas dos jurisdicciones: primero ante Sanedrín y después ante Pilato. La presencia de Herodes en Jerusalén le hará también comparecer ante un tercer tribunal, el de este príncipe. Estas distintas fases del proceso están claramente diferenciadas en los Evangelios, aunque ciertos historiadores se niegan a admitirlas, rechazando la responsabilidad que se hace pesar sobre el pueblo judío, entablando una controversia respecto de quién es la culpa de la muerte
de Jesús, si de los judíos o de los romanos. Veamos algunas de las objeciones.

En su comentario a su obra “Sinoptiques”, publicado en 1909, el historiador C. J. Montefiore hacía caer solo sobre los saduceos la responsabilidad del proceso. Y decía: La balanza de las probabilidades se inclinaría fuertemente en el sentido de que los Evangelios están en lo cierto al anotar que Jesús fue condenado a muerte por los romanos, a instancia e instigación de las autoridades judías, especialmente del sacerdocio reinante. Que se celebrara una reunión plena del Sanedrín, es muy dudoso; como lo es también el papel asignado a los escribas y fariseos; pero que el sacerdocio saduceo concibiera la iniciativa del arresto y del proceso, y que el resultado de él fuera obtener una condena de Pilato, no puede razonablemente dudarse.

Jean Juster (Les juifs dans L’Empire Romain. 1914) va más lejos, negando toda responsabilidad a su nación, no dudando en descalificar a los Evangelios, concluyendo que, dado que Jesús no murió lapidado -que era la muerte prescrita por las leyes judías- sino crucificado y por orden de la autoridad romana, el pueblo judío quedaba exonerado de toda culpa de la muerte de Jesús.

Descartada esta controversia, importa determinar más exactamente el marco histórico dentro del cual se desarrolló el proceso de Cristo, y para esto es menester hablar primero de la Corte de Justicia, el Sanedrín, ante el cual compareció Jesús.

II.- El Sanedrín

Este Tribunal tuvo su origen en el tiempo del período helénico en forma de un Sanado aristocrático, análogo al que se encuentra en las ciudades griegas, siendo mencionado por primera vez por F- Josefo, en la época de Antíoco el Grande.

El Movimiento de los Macabeos (Sda. Biblia: Macabeos. Nácar-Colunga. Madrid. 1947) cambió el carácter y, en vez de las antiguas familias sacerdotales de tendencia helenizante, entraron en el Gran Consejo los asmodeos y sus partidarios. Sin embargo, al lado de los príncipes y sumos sacerdotes, quedaron representantes de la antigua nobleza de Jerusalén. Este Senado lo llama por primera vez Sanedrín el historiador Flavio Josefo, con ocasión del proceso de Herodes, quien fue obligado a presentarse ante él acusado de asesinato. La competencia del Sanedrín hallábase restringida a las provincias de Judea y Samaria. Componíase entonces de dos partidos principales: la nobleza sacerdotal y laica, que era saducea, y los legistas, que eran fariseos. Los miembros desempeñaban el cargo durante un período de tiempo bastante largo que pudo incluso ser vitalicio, pero se conoce mal el modo de reclutarles. Los miembros más influyentes eran los jefes de los sacerdotes, aunque sin descartar la influencia de los legistas. La presidencia del Sanedrín pertenecía al Sumo Sacerdote, y en calidad de tal aparece Caifás en el proceso de Cristo. La competencia legal de Sanedrín no se extendía más allá de la Judea y sus once toparquías, y mientras Jesús estuviera en Galilea, no caía bajo la jurisdicción del Sanedrín. (Las toparquías eran pequeños estados, compuestos de una o dos provincias o lugares.)

El carácter de esta jurisdicción no es el de un Tribunal religioso que trasmite sus sentencias al brazo secular: es el de una justicia indígena que funciona para los negocios de su competencia, bajo el control del poder ocupante. De su foro eran todas las causas que pertenecían a una jurisdicción inferior pero no a la romana. Podía tomar la iniciativa de un arresto, como así hizo en el prendimiento de Jesús, y, si no se trata de una causa capital, juzga en última instancia. Pero no tiene ius gladii, el derecho de vida o muerte: No nos está permitido matar a nadie, les hace decir el evangelista Juan.

La sede del Sanedrín.- Según la Misná (Tratado del Sanedrín), en Jerusalén había tres Tribunales: uno estaba establecido a la entrada del monte del Templo, en la puerta oriental, frente al atrio de las mujeres. Otro a la entrada del atrio, el atrio de los israelitas y un tercero en la Sala de los Sillares o de las Piedras Cuadradas (cf. id. Middot 5-4).

Durante el período que vivió Jesús, el Sanedrín desempeñó sus funciones en un edificio especialmente asignado a tal efecto. Los miembros del Consejo Supremo se reunían en un lugar llamado indistintamente la Sala del Consejo, o la Cámara del Consejo. Pero los Evangelios dicen que Jesús fue conducido desde el lugar del prendimiento a la casa del sumo Sacerdote. Y en esto coinciden todos ellos.

Según Marcos, el Senado judío se reunió aquella misma noche, inmediatamente después de la detención de Jesús, en la residencia del Sumo Sacerdote (Mc. 14.53). Y esto contrasta con las informaciones que tenemos de las actividades procesales de la Asamblea senatorial. Porque no tenemos noticia alguna de que el Sanedrín celebrase sus sesiones, en ningún caso, en la residencia del Sumo Sacerdote: ni en Josefo ni en la literatura rabínica se dice nada al respecto.

Siquiera un momento, y para comprender lo injusto del trato dado a Jesús y la iniquidad jurídica con Él cometida, detengámonos un momento en el Cap. IV del Libro del Sanedrín. Se dice en él que en los procesos donde se inflige una multa, son necesarios tres jueces; en los procesos capitales, veintitrés. En los primeros se puede comenzar, indiferentemente, por los testigos de cargo o por los de descargo. Pero cuando se trata de penas capitales, hay que comenzar por los de descargo, lo que se no cumplió en el caso de Jesús. Si el proceso trae una sentencia capital, comenzará de día y ha de terminar de día. Si el proceso termina por la absolución, se puede concluir en el mismo día; pero si por condena, solo se puede acabar el siguiente. Nada de esto se cumplió con Jesús.

Colocación del Tribunal.- El Sanedrín estaba dispuesto en semicírculo, de modo que los jueces se pudieran ver unos a otros; dos secretarios se colocaban delante, a derecha e izquierda: uno escribía las palabras de los que absolvían; y otro las de los que condenaban. No tenemos noticia de que hiciera así con Jesús.

III- De los testigos

A los testigos se les atemorizaba haciéndoles siete preguntas: En qué semana del año.- En qué año.- En qué mes.- Qué día del mes.- Qué día de la semana.- A qué hora.- En qué lugar.- Normalmente, en las respuestas había que ser obsequioso con los jueces y contestarles con humildad, casi con sumisión. Tal vez de aquí la bofetada que recibió Jesús ante la firmeza y dignidad de su respuesta a Caifás, según veremos. El juez que examinaba mucho era digno de elogio. Se introducía enseguida un segundo testigo y se le preguntaba. Si ambos testimonios son concordes, se da principio al examen de los motivos absolutorios. Si los hallan válidos, absuelven. Si no, se marchaban y al día siguiente vienen de nuevo al Tribunal. Los testigos podían rectificar sus declaraciones e invertirlas. Pronunciada la condena, se lleva al ajusticiado a apedrearle; pero, aún en ese momento, si el condenado pretendía decir algo en su descargo, se reunía el Tribunal, hasta cuatro o cinco veces, con tal que su reclamación pareciera seria. Es preciso convenir, a la vista de lo dicho, que la conciencia judía acumulaba precauciones para evitar, máxime en causa capital, un juicio precipitado o dictado por la pasión. La realidad, en el caso de Jesús, fue radicalmente distinta, pasando de un sueño de justicia a la más cruel burla de la ley, a una realidad brutal y carente de principios legales.

IV.- Anás y Caifás

La cohorte y el tribuno, y los ministros de los judíos, prendieron a Jesús y le sujetaron. Pero es preciso detenerse un momento en las circunstancias y causas de la detención.

Según los sinópticos, detuvo a Jesús un grupo armado enviado por “los príncipes de los sacerdotes, los escribas y los ancianos”, es decir, el Sanedrín. El cuarto evangelista añade a éstos una cohorte de soldados romanos. Al respecto digamos que los cuatro evangelistas afirman que Pilato estaba disponible por la mañana para el juicio a Jesús. Esto indica que debía de haber tenido información previa sobre lo que estaba pasando durante la noche. De ahí el que hubiera soldados romanos durante la detención de Jesús. Pero se acepta que la presencia de esta tropa romana fue una consecuencia de la presencia de la policía del Templo, posiblemente funcionarios judiciales, según la versión primaria más antigua.

¿Y cuáles fueron las causas del prendimiento? Dice Marcos -14. 48- 49- que Jesús reconviene a los que han llegado a prenderle en la oscuridad de la noche, diciéndoles: “Como contra un ladrón habéis salido con espadas y garrotes para prenderme. Todos los días estaba yo en medio de vosotros en el Templo enseñando y no me prendísteis”. Este de día podría interpretarse como cada día, a la luz del día, a la vista de todos, sin decir nada en secreto. Es decir “no he difundido propaganda clandestina”. Lo que subraya el carácter abierto de la predicación de Jesús.

Caen sobre Él como si fuera el caudillo de una banda que realice sus actuaciones al amparo de la noche; “como un salteador”, dice el mismo Jesús. Pero Él es un predicador, un maestro religioso y no ha de tratársele como a un insurgente político. Este calificativo de salteador que el mismo Jesús pronuncia, refuta la veracidad de la acusación; pues Jesús no lo era en ningún sentido del término; no era un revolucionario impulsado por ambiciones políticas de poder; era, sencillamente, un Maestro que exponía sencillamente su doctrina. Jamás proclamó el advenimiento de reino alguno, sino que proclamó el advenimiento del Reino de Dios, que llega sin ocultamientos ni cautelas. Aunque la detención fuese absurda, aunque la sentencia fuese cruel, el Evangelio más antiguo nos indica la razón de ambas cosas: Jesús fue detenido, acusado, condenado y ejecutado por el delito de rebelión.

Detenido, pues, Jesús, le condujeron primero a casa de Anás. Éste era suegro de Caifás, Sumo Sacerdote aquel año. Esta comparecencia delante de Anás no tiene el carácter de un interrogatorio oficial. Caifás testimoniaba así su deferencia al jefe de la familia y, en este espinoso asunto, no estaba mal apoyarse en él.

Luego de Anás, conducen a Jesús a casa de Caifás. Éste era el que había dado a los judíos el consejo de que “era mejor que muriese un hombre solo por el pueblo”; es decir, que el juez que iba a tomar la causa en sus manos, ya había sentenciado. Preguntó, pues, a Jesús sobre su doctrina y sus discípulos; buscaba elementos del proceso. La cuestión sobre los discípulos pudo tener por objeto sencillamente, el determinar el alcance de la acción de Jesús; pudo también deberse con miras a perseguir a los que habían seguido de cerca al Señor. Sobre este punto, Jesús no responde ni una palabra. Aquí, como en el Huerto, quiere estar solo en su empresa: “Si me buscáis a mí, dejad ir a éstos” (Jn. 18-8).

Sobre su doctrina, remite al Sumo Sacerdote a lo que declaren los que le han oído: Era fácil encontrar testigos. Que se les cite. Era recordar al juez el procedimiento legal: no debía de ningún modo tratar de coger al acusado en un lazo, sino convencerle por los testigos; era oponer la franqueza y la libertad de su doctrina a las astucias empleadas contra Él. Se le tendió una emboscada como a un salteador, cuando se le podía haber detenido cualquier día en el Templo. Pues decía: Yo he hablado siempre abiertamente al mundo; he enseñado siempre en las sinagogas y en el Templo, donde todos se reúnen, y no he dicho nada ocultamente. ¿Por qué me preguntas? Pregunta a los que me oyeron, ellos saben lo que Yo he dicho (Jn.18.20-21). El Sumo Sacerdote no responde, pero uno de los guardias hace alarde de celo y hiere a Jesús en el rostro dándole una bofetada, diciéndole: “¿Así respondes al Pontífice?”. Recordemos la conveniencia de ser obsequioso con los jueces. La respuesta de Jesús es infinitamente calma y digna: Si hablé mal, muéstrame en qué. Pero si bien, ¿por qué me hieres? (Jn.18.23)

V.- La negación de Pedro

Pero mientras se desarrolla en el interior del Palacio esta escena violenta y confusa, otro drama se representa en el patio, más doloroso aún para el Señor: era la caída de Pedro, su apóstol, la piedra sobre la que se habría de edificar la Iglesia. Los tres sinópticos colocan la negación de Pedro en el patio de la casa de Caifás, y es el evangelista Lucas quien refiere el instante conmovedor de la mirada de Jesús a Pedro.

Pero es necesario considerar los tres momentos en los que apóstol sucumbe. El teatro de estas caídas es el atrio de la morada sacerdotal. Pedro entra en él gracias a Juan, mezclándose allí con la turba de los criados. La primera prueba fue la pregunta de una esclava. Pedro se siente solo, abatido. Hace lo que los otros y se acerca al fuego para combatir el frío de la madrugada. Se ponía así a plena luz. La portera lo mira, lo reconoce y dice a los demás: “Éste también estaba con Él. ¿No eres tú de los discípulos de este hombre?” Pedro contestó delante de todos: No, no sé lo que quieres decir.

Sabiéndose sospechoso, se aísla un poco y se retira al soportal. Pero se ha dado la alerta y las preguntas salen de varias direcciones: “¿No eres tú de sus discípulos? Lo niega de nuevo y lo confirma con un juramento. Pasó una hora y las preguntas se repitieron. Esta vez son más apremiantes; pero su acento, su dialecto, traicionan a Pedro y dan un mentís a sus negaciones. Para colmo, un pariente de Malco, aquél a quien hirió en el Huerto de los Olivos, le desafía: ¿Pero no te vi yo en el Huerto con Él? Sintiéndose cogido, se encastilla en su negativa y añade a los juramentos las imprecaciones tradicionales: “¡Que Dios me haga así y así y me lo aumente si he conocido en la vida a este hombre!”

Y, entonces, canta el gallo… Jesús sale, maniatado, y atraviesa el patio… Y sin hacerle el más mínimo gesto o guiño, mira a Pedro, solo lo mira… Como de un mal sueño, vuelve en sí. Este canto del gallo, esa mirada… todo le conduce a Él, y, repentinamente, ve la falta que creía imposible y que ha cometido casi sin tener conciencia: “Y saliendo fuera lloró amargamente (Lc. 22.61-61).” Los versos de Christian Henrici recuerdan este momento: “¡Apiádate de mí, Señor, y considera mi pena!. Mírame: mi corazón y mis ojos lloran ante Ti amargamente. ¡Apiádate de mí, Dios mío!” (JS Bach: Pasión según S.Mateo). Rompe en sollozos y se va. Estas lágrimas de Pedro fueron su salvación. Estremece pensar el desaliento que tuvo que aprisionar a este desdichado apóstol, de sensibilidad tan viva… La mirada profunda de Jesús, serena, penetrante, hubo de ser para el discípulo como una espada que se clavara en su alma… Y Jesús lo salvó al no hacerle guiño alguno que hubiera indicado complicidad y mutuo conocimiento, pero quedándose Él en poder de sus enemigos. “Y le escupieron en el rostro y le daban bofetadas y le herían en la cara, diciéndole: “Profetízanos, Cristo: ¿Quién te pegó? Y los criados, imitando a sus señores, le escarnecían golpeándole; y cubriéndole con un velo, el herían el rostro preguntándole: Profetiza ¿Quién te hirió?

Jesús se calla. Estas burlas indignas no le dejan, sin embargo, insensible: las sintió en toda su amargura. Sabía que no iban a ser las últimas.

B.- LA CONDENA DE JESÚS POR EL SANEDRÍN

La escena que ahora describen los evangelistas Mateo, Marcos y Lucas es fundamental en la historia de la Pasión de N.S. Se dice que la condena de Pilato no será más que la consecuencia de lo aquí decidió el Sanedrín. Veamos. Hasta ahora, sabiendo que no había llegado su hora, evitó esa declaración expresa que sus enemigos buscaban arrancarle: “Si Tú eres el Cristo, dínoslo claramente”.

Creo necesario hacer una serie de consideraciones acerca de la comparecencia y -llamémoslo así- el juicio ante el Sanedrín. Según algunos autores, Jesús estaba bajo el control legal de las autoridades romanas desde el momento de su arresto hasta su crucifixión. Jesús fue juzgado por el Sanedrín por blasfemia o por falso profeta, según la ley y el procedimiento judicial judíos, y luego enviado a Pilato para el rechazo o ratificación de la condena, o ser nuevamente juzgado por Pilato bajo el mismo cargo según el procedimiento romano, o que fuera juzgado por el cargo de traición avanzado por el Sanedrín. Pero creer que el procedimiento ante el órgano legal judío fue una mera audiencia preliminar dirigida a la presentación de cargos ante la corte romana, es una suposición altamente contestada. Pilato condujo el juicio de acuerdo al procedimiento romano, lo que quiere decir que el caso recaía bajo la jurisdicción romana y, por tanto, la ley judía apenas tuvo un rol insignificante en todo este asunto. No existía un gran jurado. La institución de un procedimiento ante un gran jurado es desconocida en la jurisprudencia judía.

Vemos primeramente en los textos evangélicos el esfuerzo de los enemigos de Jesús por reunir falsos testimonios. Pero es menester observar también que durante esa instrucción, precisamente Judas no aparece para nada. Su testimonio hubiera sido de enorme valor para los enemigos de Cristo; él les hubiera permitido entrar en la intimidad del círculo apostólico, y su relato de las cosas que Jesús les decía pudo haber tenido una importancia fundamental en el juicio que allí se desarrollaba. En su ausencia, los sanedritas no tuvieron a su disposición otros testigos que oyentes que sin seguir de cerca al Maestro y sin estar implicados en su doctrina, le habían oído ocasionalmente. Denuncian dos de ellos, deformándolo, lo que Jesús dijera en el Templo cuando, al arrojar a los vendedores, le pidieron éstos una señal para probar el derecho que tenía para proceder de aquel modo: Él les contestó: Destruid este Templo, y en tres días lo levantaré.

Naturalmente, Él hablaba del Templo de su cuerpo, y cuando resucitó de entre los muertos, se acordaron sus discípulos de esta frase. Los oyentes de Cristo se equivocaron sobre el sentido de la misma, pero para ser tomada como blasfemia, hubo de ser deformada totalmente. Así se presentó por los testigos, quienes, según Mateo, dijeron: “Yo puedo destruir el Templo de Dios y levantarlo en tres días”. Y según Marcos: “Yo destruiré el Templo hecho por manos de hombres y en tres días reedificaré otro que no estará construido por mano de hombre.

Todo este interrogatorio lo han resumido brevemente los evangelistas, pero lo que dicen es bastante para poner de manifiesto el prejuicio de juez que dirige la instrucción y la dificultad en que halla: testigos vinieron muchos, pero se contradicen, se confunden, hasta que llegan estos últimos cuya deposición ha quedado referida. Cristo calla. Este silencio arrebata a Caifás sus últimas armas. Y pasa entonces a otra cuestión esencial, que había reservado hasta aquí. Y le pregunta: ¿Eres Tú el Cristo, el hijo de Dios bendito? Este era el único asidero de carácter religioso que podía hacer impresión a Pilato.

Para comprender la gravedad de esta pregunta, nos dice Eduard Reuss , en su Historia Evangélica (1881), que “es necesario considerar dos cosas: en primer lugar, el Sanedrín estaba completamente decidido a no reconocer la dignidad mesiánica del galileo, el cual, por otra parte, no presentaba los caracteres de los que la ciencia de los sabios y la imaginación popular le habían revestido (en general se esperaba que el Mesías fuera, sobre todo, un mesías-militar, entre otras cosas); y, además, si acaso Jesús hubiese respondido negativamente, entonces hubieran fallado los motivos legales para condenarle y hubiera sido preciso apelar a alguna violencia extrajudicial, lo cual era difícil por causa de los romanos. Puede ser que, en caso de una declaración negativa, se hubiesen aprovechado de ella para desacreditarle ante el pueblo, y después hacerle desaparecer en secreto cuando se ofreciera ocasión oportuna”.

[No obstante, hay que tener en cuenta que afirmación de la mesianidad no era de suyo una blasfemia, a no ser que juntasen otras reivindicaciones más ambiciosas. Era, pues, difícil perder a Jesús por este este camino. No había nada en las enseñanzas de Jesús que pudiera ser la base de un cargo por el Sanedrín. El Sermón de la Montaña, con su énfasis sobre la pureza, la mansedumbre y la misericordia parece que refleja el espíritu del judaísmo. Las distintas frases y dichos de Jesús tienen su paralelo en el Antiguo Testamento (creemos que de ahí su frecuente alusión al ‘cumplimiento de las escrituras’), la escritura apócrifa y las tradiciones rabínicas.- Al insistir sobre la indisolubilidad del matrimonio, Jesús seguía la escuela de Shammai.- Jesús seguía las enseñanzas rabínicas, pues decía (Mateo 23-2.3), “…en la cátedra de Moisés se han sentado los escribas y los fariseos. Haced, y guardad lo que digan, pero no lo imitéis en las obras, porque ellos dicen y no hacen”.- Decía también que “…no había venido a abrogar la Ley y los Profetas sino a consumarla” (ib. 5-17.18).- Curaba los sábados, pues entendía que si no se realizaba un trabajo real, no existía violación del -hoy- tercer mandamiento.- Guardaba la pureza ritual y aceptaba y proclamaba la resurrección, lo cual le enfrentaba directamente con los Saduceos. (Mat. 22-23.33) Etc., etc.

¿Qué base hay en todo esto para una acusación? ¿En base a qué podría juzgarle el Sanedrín? Sus enseñanzas no eran peligrosas para el judaísmo. Su afirmación de mesianidad no era una ofensa para el judaísmo, pero dado que implicaba el rescate del pueblo hebreo de la tiranía romana, este aserto acabó siendo casi LA CAUSA de su procesamiento, según veremos.]

Caifás creía que llevar el litigio a las pretensiones mesiánicas del reo era tener una débil oportunidad de éxito. Pero se aventuró a ello. Interrogado jurídicamente por la más alta autoridad de la nación y conjurado en nombre de Dios a responder, Jesús responde, en efecto, aún sabiendo que esta respuesta iba a ser decisiva para su muerte. Veamos cómo la refieren cada evangelista. Recordemos que la pregunta era: “¿Eres Tú el Cristo, el Hijo de Dios bendito?”

Según Mateo, contestó: Tú lo has dicho. Pero yo digo que pronto veréis al Hijo del Hombre sentado a la diestra del poder de Dios y venir sobre las nubes del cielo. En Marcos, contesta así: Sí, lo soy. Y veréis al Hijo del Hombre sentado a la diestra del Poder, y venir entre las nubes del cielo. Y en Lucas responde: Si os lo dijere no me creeréis, y si yo os preguntare no me responderéis. Pero desde ahora, el Hijo del Hombre estará sentado a la diestra del Poder de Dios. Y esta respuesta provoca la segunda pregunta: Luego, ¿Tú eres el Hijo de Dios? (Lc. 22.70).

Todo había sido dicho por Jesús en pleno Templo, delante de los fariseos, y lo sabían los príncipes de los sacerdotes. Pero el Sumo Pontífice no toma en serio estas amenazas mesiánicas, y mucho menos se siente tentado de ir más allá de las creencias populares. Si aquí lo hace es porque se ve arrastrado por las afirmaciones de Jesús, y entrevé en ellas la confesión imprudente que busca. Lo que para Caifás constituye en este caso la blasfemia es la elevación sobrehumana y verdaderamente divina que Jesús reivindica proclamándose Mesías. Esta prevención de blasfemia, única que podía llevar a la muerte a Jesús, era todo lo que Caifás buscaba en esta instrucción.

El Sumo Sacerdote rasga sus vestidos: “¿Qué necesidad tenemos ya de testigos? Habéis oído la blasfemia. ¿Qué os parece? Respondieron: Digno es de muerte. Según Billerbeck (Comentarios al Nuevo Testamento Vol. I. Munich, 1922), el rasgar las vestiduras se hacía en señal de duelo a la muerte del padre, de la madre, o del señor. También se hacía en señal de la indignación y el pesar que le causaba a uno oir una blasfemia. Y según el Libro del Sanedrín, Cap. VII, los jueces debían hacerlo cuando un testigo refería las palabras de una blasfemia que hubiese oído.

Después de las palabras del Sumo Sacerdote, se extienden sobre el procedimiento que ha de seguirse, sobre las acusaciones que han de sostener, y se dirigen al Pretorio, arrastrando consigo a Jesús.

Tenemos, pues, que es la de blasfemo la causa de la condena de Jesús por el Sanedrín. Sin embargo, Elías Bickerman (Utilitas crucis. Observations sur les récits du procès de Jésus dans les evangiles canoniques.- Paris, RHR. 1935) sostiene que la palabra blasfemia del versículo 14.64 del evangelista Marcos, no comporta el significado de blasfemia en el sentido técnico del derecho judío, sino que Marcos lo usaba en el sentido de ultraje, enormidad. Añade, además, que las palabras del Sumo Sacerdote significan más propiamente pronunciarse contra, y no indican una codena firme a muerte, implicando solo la voluntad de encomendar el preso a la autoridad competente para un juicio formal, en el que se pediría la pena capital.

Este sentido lo apoya el P. Pierre Benoit, O.P., (Passion et résurrection du Seigneur. Trad. Bernáldez, Madrid, 1971) cuando dice: “…se nos permite ver, en la sesión del Sanedrín, una reunión deliberativa que no observaba las formalidades legales, y, en su sentencia final, una decisión cierta, pero que no tenía que ser una condena formal”. Goguel (La vida de Jesús) afirma “que no se observaron ninguna de las normas procesales que estaban dispuestas en el Tratado del Sanedrín”, y Paul Winter (El Proceso a Jesús. ‘The Trial of Jesus’. Muchnik Editores. Barcelona. 1983), por su parte, señala que, de acuerdo con los Hechos de los Apóstoles, podrían las palabras del Sumo Sacerdote implicar sentencia judicial más que acusación con vistas a un juicio”. Pero es cierto que el Sumo Sacerdote dice la blasfemia, y ello tiene su sentido: difícilmente el Tribunal se hubiese reunido en sesión plenaria sólo para decidir, a título inicial, si había base para un proceso y si debía desarrollarse la acusación. Marcos afirma que hubo sesión plenaria (14-53), y que los miembros del Tribunal llegaron a la conclusión de que Jesús merecía la muerte (ib. 14-64). La opinión popular es que luego de juzgado por la gran corte judía bajo el cargo de blasfemia, fue condenado a muerte por ese cargo. Pero para que esa sentencia pudiera ser ejecutada, era indispensable la autorización de las autoridades romanas, consentimiento que, posiblemente, hubiera que sacar a la fuerza.

Todo este relato trágico del juicio aparece con una luz aún más viva si se lo compara con la legislación ideal del Sanedrín a la que al principio nos referimos. ¿Dónde están aquéllas amonestaciones tan graves al testigo para no cargar su conciencia? ¿Dónde aquéllos llamamientos, hasta en el mismo camino de la ejecución, para encontrar testigos de descargo…?

C.- EL PROCESO ROMANO – PILATO

El Procurador ante el que Jesús iba a comparecer fue uno de los que más tiempo gobernó la Judea. Fue nombrado por Tiberio en el año 12º de su Imperio, y permaneció en el puesto diez años. La casualidad o el accidente de la historia que relacionó la vida de Pilato con la de Jesús en un momento crítico, permitió que sobreviviese el nombre de un oscuro gobernador de una provincia romana de escasa importancia, mientras otros se hundían en el olvido. A Pilato nos lo presentan alternativamente y según para quién fuera la descripción, como un hombre de extrema crueldad, o, por el contrario, como un gobernador capaz e, incluso, generalmente cargado de razón. Sin embargo, es lo cierto que por sus desaciertos en el gobierno de la provincia y por su crueldad en la represión de todo movimiento subversivo, Pilato se hace antipopular y es destituido por el legado de Siria, Vitelio, y enviado al destierro por el emperador Calígula.

Los historiadores judíos que de él nos hablan están lejos de considerarlo benevolentemente. Es menester recordar lo que de él nos dice Lucas, en su capítulo 13º, referente a que Pilato cometió la atrocidad de mezclar la sangre de unos galileos, heridos de muerte en una revuelta, con la de los sacrificios de los animales. En cualquier caso, parece que era un hombre siempre desconfiado con y de los judíos, viendo por todos lados amenazas de sedición, y presto, a la menor señal de alerta, a ensañarse y matar. Pilato era un romano realista que no comprendía el funcionamiento de una teocracia dirigida por sacerdotes, ni tenía paciencia con la costumbre de sus súbditos de discutir y pelearse por nombres y palabras. Los autores seculares acusaron a Pilato de crueldad, mezquindad y avaricia, y un menosprecio altanero hacia los sentimientos ajenos.

Para que un hombre tan suspicaz y tan poco respetuoso con la vida de los judíos dudara tanto en entregar a Cristo a la muerte, debió ser necesario que estuviera muy seguro de la futilidad de la acusación.

Pero para entender esta fase del proceso a Jesús es necesario antes determinar las relaciones del proceso judío con el romano. Según el evangelista Juan, los judíos no tenían en aquéllos momentos derecho de vida y muerte. Por tanto, se puede decir que vinieron a Pilato en busca del exequator para la sentencia que han emitido. Pero para que ésta fuera eficaz, era necesario que la dictara el procurador romano, en ese momento Pilato: de aquí su esfuerzo para arrancársela. Y de aquí la nueva forma impresa a las acusaciones: para ellos, los motivos determinantes habían sido los religiosos, esto es, la blasfemia. Ante Pilato, van a hacer valer las acusaciones políticas. Digamos al respecto, que se ha tratado de poner en claro los procesos criminales en las provincias romanas -generalmente mal conocidos- por los papiros egipcios. Y así, según R.W.Husband (The Prosecution of Jesus. Princeton. 1916), el Prefecto romano visitaba riódicamente los diversos nomos es decir, provincias o territorios- administrando justicia. Antes de su llegada, se preparaba el proceso, juzgando las autoridades locales los casos menos importantes, y los más graves el Prefecto romano. En el caso de Judea, las autoridades judías tenían las mismas funciones de policía y de instrucción de procesos, pudiendo resolver por sí mismos los casos más graves, y los demás, es decir, los capitales, tenían que pasar al Procurador romano. En el caso de Cristo, no ofrece dificultad la aplicación del sistema. Solamente hay que añadir que los judíos no se contentaron con su papel de instructores del proceso: quisieron que el resultado de éste fuera definitivo e irrevocable. Y se sirvieron de las armas que la Ley les concedía bien que interpretadas modo suo- para que la sentencia fuere mandada a ejecutar por el Procurador.

Se presentan, pues, de mañana. No quieren entrar en el pretorio para no contaminarse y poder así comer la Pascua. Pilato conoce sus escrúpulos y se los ahorra saliendo a su encuentro. Pero desde las primeras palabras aparecen opuestos ambos puntos de vista. Él quiere recibir no una sentencia que haya de ratificarse sino una acusación que haya que controlar. Se indignan y exclaman: “Si este no fuera traidor no te lo hubiéramos entregado”. Frase que, insólitamente, en sí misma significaba una sentencia. Y responde Pilato: “Tomadle, pues vosotros, y juzgadle según vuestra ley”. Yo creo que se siente en esta frase todo el desprecio del romano por los judíos. Pero éstos no toleran esa actitud arrogante y despegada. Lo que quieren es no solo maltratar a Jesús delante del Tribunal sino condenarle a muerte. Pero exactamente eso es lo que no pueden hacer. En palabras de Juan, 18-28,32,: “A nosotros no nos está permitido dar a nadie la muerte”.

Ante tal insistencia, es necesario que Pilato instruya causa. Ciertamente, para él, Jesús no era un desconocido: el Procurador estaba ya en funciones cuando Cristo empezó a predicar, y es difícil que un magistrado suspicaz como él no hiciese las oportunas averiguaciones sobre el predicador y su mensaje. Y a falta de información anterior, los sucesos de los últimos días hubieran bastado para darle la voz de alarma. La Entrada triunfal el día de Ramos, más las polémicas cotidianas con los fariseos en el Templo debieron llamar la atención de la más descuidada policía y, desde luego, la de los romanos no lo era. Aún antes del proceso sabe Pilato a qué atenerse con el acusado y con los que le persiguen. Mateo (27-18) y Marcos (15-10) dicen que “sabía Pilato que los príncipes de los sacerdotes lo entregaban por envidia”. Y esto es lo que, a nuestro parecer, explica la actitud de Pilato en esta crisis. Ve con toda claridad que el hombre que le traen no es un agitador político y que todas las querellas que contra Él hacen valer son puros pretextos para arrancarle la condena que reclama la insania. Para nosotros es un dato precioso esta convicción del gobernador, pues constituye la prueba más decisiva del carácter religioso y social de toda la predicación de Cristo. Pero se dirá que si Pilato estaba convencido de la inocencia de Jesús, por qué se dejó arrastrar por subterfugios indignos y, más tarde, a una sentencia que él sabía injusta: pues por un clarísimo temor a un recurso a Roma. Soltar a Jesús sin averiguación alguna hubiera parecido que se despreocupaba del orden público, perturbado por las pretensiones mesiánicas jesuíticas; en tanto que absolverle, con la acusación de los motivos religiosos presentados por los judíos, podía sonar a tolerar la violación de su ley judía, que Roma y sobre Tiberio, querían se hiciese respetar.

Jesús ya estaba en el Pretorio. Este lugar era el llamado litóstrotos, en hebreo gabbata (Juan 19-13), debido su nombre a las losas estriadas del suelo, en las están dibujadas líneas pertenecientes a diversos juegos que practicaba la soldadesca. Pilato le manda a llamar y el interrogatorio va a mantenerse aparte de los judíos, quienes, por escrúpulos religiosos, se mantienen fuera (No queremos entrar en las dudas jurídicas que este hecho de la ausencia de los acusadores en un procedimiento penal nos suscita). ¿Eres tú el rey de los judíos?. Éste era el rasgo capital para Pilato y el que debía dilucidarse; es el motivo que sostendrá y clavará en la cruz: INRI. Con esa pregunta no hacía ms que traducir las pretensiones mesiánicas que los judíos reprochaban a Jesús. Esta es la primera queja que han hecho valer y que sostendrán, al fin, para arrancar la condena que Pilato les niega.

Antes de responder directamente, Jesús tienta a Pilato a conducir la querella: ¿Dices eso por tu cuenta o es que otros te lo han dicho de mí? Pero la frase se estrella contra el desdén de Pilato, quien responde: ¿Es que acaso soy yo judío? Tu pueblo y los sumos sacerdotes te ha entregado a mí. ¿Qué has hecho? En la pregunta volvemos a encontrar el desprecio por los judíos al que antes nos referimos. Es reírse de él, piensa, creer que todo un Procurador romano pueda preocuparse la menor cosa de los judíos y de su rey. La respuesta de Jesús le hace comprender que no tiene por qué alarmarse de sus pretensiones: Mi reino no es de este mundo. Y la prueba que da es que, si lo fuera, sus seguidores le hubieran defendido, cuando es claro que no han ensayado ni una tímida resistencia.

Pareciera que Jesús trata de llevar a Pilato a consideraciones más altas, aunque es evidente que este posible esfuerzo resulta baldío. Pero el gobernador insiste: Luego, ¿tú eres rey? Y Jesús le contesta: Tú los has dicho: soy rey. Recordemos que es la misma respuesta de la que sirvió Jesús ante Caifás. En estas dos circunstancias, Jesús da sobre su misión el mismo testimonio que debe dar y que va a consagrar su muerte. Y añade: Yo he nacido y he venido al mundo para dar testimonio de la verdad. Todo el que es de la verdad escucha mi voz. De nuevo vemos a Cristo tratando de apresar a Pilato en ese atractivo de la verdad, tan poderoso para todos los hombres. Pero esta tentativa fracasa igualmente: ¿Qué es la verdad?, pregunta Pilato. Angustiosa pregunta, que ya habían formulado filósofos griegos anteriores a Cristo… Pero más nos parece que esta es una salida escéptica de un magistrado a quien importuna semejante ideología y que solo desea desatenderse de un interrogatorio estéril. Pero, por lo menos, las respuestas de Jesús le han servido para convencerse de que este rey de los judíos que le han traído los sacerdotes no es un peligro público; tal vez es solo un soñador… Sale, pues, y dice a los judíos: Yo no encuentro delito alguno en él. Pero los enemigos de Jesús no se calman y acumulan contra Él acusaciones políticas: Es un sedicioso que levanta al pueblo y prohíbe pagar tributo al César. Está clara la mala fe de los que así gritaban; dejan en la sombra los verdaderos motivos de su persecución y lanzan contra Jesús pretextos como éste tan grave del pago de los tributos al César. Y añaden a sus argumentaciones que “amotina al pueblo enseñando por toda Judea, comenzando desde la Galilea hasta aquí”.

D.- JESÚS ANTE HERODES

Ante esto, Pilato ve un medio de salir de cuidados: la Galilea era jurisdicción de Herodes. Estaba el tetrarca en Jerusalén y se aprovecha de ello para enviarle esta causa molesta y encargarle, si no juzgarla, sí al menos instruírla. En los relatos evangélicos (en realidad, sólo Lucas lo refiere) es este un episodio muy breve, y si aquí lo mencionamos es por un mínimo de rigor histórico. ¿Era competente Herodes para juzgar a Jesús?

Según Regnault, “el que Herodes no pudiese juzgar se debía, sobre todo, a que estaba fuera de los límites de su jurisdicción; fuera de la Perea y la Galilea no era más que particular, un peregrino de rango y autoridad más elevados, pero que no tenía poder alguno en Jerusalén. Aún cuando Jesús hubiera estado sujeto a la jurisdicción de Herodes, éste no hubiera podido entender de su causa sino dentro del territorio de su tetrarquía; su estancia en Jerusalén podía facilitarle el que Jesús compareciese materialmente ante él, pero, legalmente, su estancia allí más bien era un obstáculo para el juicio”. Al remitir Cristo a Herodes, Pilato no exige decidir, sólo instruir. No será un procedimiento oficial, pero podría ser para el gobernador una fuente de útiles informaciones, y el tetrarca verá en este gesto una señal de confianza y de deferencia.

Según Lucas (23,7-10), le dirige ‘bastantes preguntas’, pero no logra que conteste una siquiera. Ha respondido a Caifás, a Pilato; en definitiva, a autoridades legítimas. Pero Herodes no tiene derecho alguno; su interrogatorio tiende a satisfacer su curiosidad altiva y Jesús no le dirigirá una sola palabra.

Herodes siente la lección que le da este silencio y se venga con su arma infalible: la burla. Le vistió una vestidura blanca y se lo reenvió a Pilato. Comúnmente se cree que Jesús vistió hasta el Calvario esta ropa vejatoria que le pusieron, y sería ésta la túnica inconsútil que los soldados echaron a suertes (Juan, 19. 24). Puede ser. Pero sí es cierto que la burla empieza aquí para no acabar hasta el sepulcro. Toda esta escena herodiana -permítaseme- no tuvo, posiblemente, más que muy pocos espectadores. A Jesús sólo le siguieron a casa del tetrarca algunos guardias y unos pocos acusadores (cfr. Lc. id.), ‘los príncipes de los sacerdotes y los escribas, que constantemente lo acusaban’. Herodes lo devolvió a Pilato. Va a continuar la instrucción oficial.

D.- JESÚS ANTE PILATO

Vamos ahora a analizar detenidamente el momento crucial del proceso a Jesús. Este es el momento clave de la Pasión.

Pilato no sacó de su maniobra todo el partido que había esperado. Herodes le remitió al detenido sin descargar en nada al Procurador de la responsabilidad que pesaba sobre él. Pero para uno y otro, el preso es un pobre hombre sin importancia por el que uno no puede perturbarse, y los acusadores son para Pilato, en verdad, despreciables.

Pero en la misma medida que son despreciables, son igualmente temibles, y Pilato, efectivamente, les teme. Cargado de nuevo con la responsabilidad del juicio, cree poder eludirlo con una amnistía, con un olvido de los delitos políticos. Según Marcos (15. 7-8), parece que esta idea se la sugirió al Procurador un pretendido derecho de la muchedumbre: subía ésta al Pretorio y reclamaba el edicto de gracia. Este rasgo permite comprender mejor el procedimiento: el juez, ante esta petición, no tenía necesidad de abrir expediente y aprovechaba la ocasión que la diligencia de los judíos le ofrecía. En este incidente hay algo oscuro: ¿Qué derecho era ese reclamaba la muchedumbre y que Pilato reconocía, aunque, desde luego no existía en el derecho romano?

Winter (cfr.pg.12), cree que esto es una leyenda sin realidad histórica. “Según una costumbre no consignada más que en los Evangelios, el pueblo conseguía de la autoridad que cada año, por la Fiesta de Pascua, se liberara a un preso. Esta costumbre habría sido de origen judío, y la libertad de un preso sería un recuerdo de la liberación de Israel, cuando el Señor le sacó de la esclavitud en Egipto.

La parte más enigmática de la narración evangélica del juicio de Jesús es la que describe la propuesta de Pilato de poner en libertad a Jesús, y cómo rechazan los judíos su oferta y prefieren que se libere a otro reo. Hay una referencia a judíos de Jerusalén que salían de la cárcel la vigilia de Pascua y a quienes se permitía participar en la comida del cordero pascual. Salían lo suficientemente tarde como para no asistir al sacrificio del cordero pascual, pero sí para poder acudir a la religiosa cena. La norma permitía que se admitiera a esas personas a la mesa del banquete de la noche del 14 de Nissan.

Citando de nuevo a Regnault, éste citando a Merkel, distingue dos clases de indulto judicial: la abolitio y la indulgentia. Según el Digesto de Justiniano, la abolitio es la anulación de la demanda judicial, su supresión o su extinción. La idea de concederla podía salir del mismo acusador, pidiéndole al juez que tuviera por nula la querella; podía también otorgarla la autoridad competente para toda una categoría de delitos con ocasión de una victoria, un aniversario o una fiesta. El proceso era suspendido, pero podía reanudarse más tarde. También podía conllevar el perdón o la amnistía. Por el contrario, la indulgentia, más que instrumento jurídico en sí mismo, era una gracia: se concedía después de fallada la sentencia y su efecto era definitivo.

Pero en una cosa están de acuerdo los evangelistas: el pueblo judío tenía libertad para elegir a quién quería que quedase libre. Pero resulta sorprendente que Pilato diera a elegir sólo entre dos posibilidades: Jesús o Barrabás. Es preciso, pues, plantearse varias cuestiones: Primera, si Barrabás fue un personaje histórico; si lo fue, preguntémonos entonces por qué causa estaba preso en la época del juicio a Jesús; y tercero, en qué etapa se hallaba su proceso judicial en el momento en que le dieron la libertad. Realizando una breve exégesis hermenéutica, las respuestas sólo pueden ser analógicas.

Se sabe que algunos pueblos de la cuenca mesopotámica, en señaladas ocasiones festivas, se investía rey a un preso, generalmente de los más criminales. A este preso se le permitía toda clase de desmanes durante su día, y al término de éste, era enjuiciado públicamente y se le condenaba a muerte por traidor. Con su muerte se liberaba al pueblo de toda malicia, impurezas y soberbia, quedando libre de culpas, reconciliado con los dioses de los que se había apartado por los pecados señalados. Por su parte, cuenta Filón que durante un viaje que hizo Agripa I por Pascua a Alejandría, el populacho vistió de rey a un vagabundo, rindiéndole un homenaje bufo y dándole de palos al final. Al actor de esta farsa alejandrina se le llamaba Kárabas.

Según Winter (cit.), Pilato entregó a Jesús no “en vez de” sino “como a” Barrabás, para que divirtiesen con Él antes de azotarle y conducirle al lugar de ejecución. Los evangelios no nos proporcionan ninguna explicación fidedigna de la causa o causas de la prisión de Barrabás, ni de su duración. Parece que había participado en una acción revolucionaria en la que se habían cometidos actos criminales (Mc.: “encarcelado por sedición con homicidio”. Lc.: “encarcelado por un motín… y por homicidio”). Tampoco sabemos si Barrabás estaba esperando juicio o si ya se había resuelto la causa. Lo cierto es que el episodio de Barrabás sigue siendo un enigma. Y lo es también su nombre; casi seguro que Barrabás es un patronímico. Que fue un personaje histórico parece fuera de dudas. En ciertos códices evangélicos se nos da su nombre completo en la forma de Iesus Barabas o Iesus Barrabbas. Si se prefiere la versión con una R, el nombre completo significaría “Jesús, el hijo de Abba”; si se elige la doble R, sería “Jesús, el hijo del maestro (o de nuestro maestro”).

Según este autor, la solución -y lo dice sólo como posibilidad, sin pretender calificarla por hechos probados- podría haber sido la siguiente: Había dos personas llamadas Jesús que estuvieron al mismo tiempo cautivas de Pilato: Jesús de Nazaret y Jesús el hijo de (R)Abba(n). Pilato había ordenado la detención de uno de ellos, Jesús, el hijo de José. A este Jesús lo detuvo un destacamento de soldados romanos, ayudado por la policía del Templo, en el Huerto de Los Olivos. El otro Jesús, el hijo de R-Abba-n, quizá fuese detenido más o menos por el mismo tiempo, y puesto de inmediato bajo custodia romana. Pilato, cuando llevaron a su presencia al primer Jesús desde la Sala de Sesiones del Sanedrín, podía no haber advertido la diferente identidad de ambos presos, que se llamaban ambos Jesús. No podía, pues, estar seguro de la identidad de la persona a la que debía procesar. De ahí que formulara la pregunta ¿A cuál de los dos queréis que suelte? (Mat. 27-21) a la gente que había fuera del palacio; disyuntiva que, implícitamente recogen los otros sinópticos y, en cierta forma, incluso Juan, al especificar en su pregunta “…al rey de los judíos”. La dramática escena que narran los evangelios en la que se describe el clamor de la multitud pidiendo la liberación de Barrabás y la crucifixión de Jesús es posible, pero la realidad histórica podría haber consistido en una declaración respecto de la identidad de los dos Jesús detenidos. Por ella, habría sabido Pilato que Jesús bar R-abba-n no era la persona a la que se le había ordenado detener. Por tanto, la puso en libertad e inició el juicio de Jesús, el rey de los judíos.

Creemos que esta versión es una simple hipótesis, dado que existe una ausencia absoluta de pruebas confirmatorias de una costumbre que obligara a un Gobernador a dejar libre un preso. Yesu bar R-abba-n